Entre 2025 y 2026, el sector eléctrico mexicano pasó de la aprobación de un nuevo marco a su implementación. Para un director de Energía o un CFO, la pregunta práctica no es ideológica —si la reforma fortalece al Estado o no— sino operativa: ¿sigue conviniendo migrar al Mercado Eléctrico Mayorista? ¿La figura de Usuario Calificado sobrevive? ¿Ante quién se tramita ahora?. Este artículo responde esas preguntas comparando el antes (2025) y el ahora (2026), con los hechos confirmados y señalando con honestidad lo que todavía está pendiente de reglamentar.
Si quieres el detalle de la reforma de 2025 en sí, lo cubrimos en Reforma Energética en México 2025. Aquí el foco es qué cambió de 2025 a 2026 y qué hacer al respecto.
2025: el año en que se aprobó el nuevo marco
La reforma constitucional en materia energética se aprobó a finales de 2024. Su contenido operativo, sin embargo, llegó con las leyes secundarias publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2025, en vigor al día siguiente. Ese paquete reescribió la arquitectura del sector:
- Se expidió la Ley del Sector Eléctrico, que sustituye a la Ley de la Industria Eléctrica de 2014.
- Se creó la Comisión Nacional de Energía (CNE), que asume las funciones del regulador y reemplaza a la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
- Se establecieron las leyes de las empresas públicas del Estado para CFE y Pemex, y leyes de planeación y transición energética, entre otras.
- Se fijó la prevalencia de la CFE, que deberá mantener al menos el 54% de la energía inyectada a la red.
El espíritu del cambio es claro: mayor control estatal, planeación más centralizada y fortalecimiento de la CFE. Pero —y esto es lo que más importa para la industria— el Mercado Eléctrico Mayorista y la figura de Usuario Calificado no desaparecieron.
2026: el año de la implementación
En 2026 el sector opera bajo el nuevo marco, con tres realidades para la planeación energética industrial:
1 · La CNE es el nuevo regulador
Los trámites que antes se hacían ante la CRE —registro de Usuario Calificado, permisos de suministro calificado— ahora corresponden a la CNE. Es un cambio de ventanilla y de criterios institucionales, no la eliminación de las figuras. Los permisos y registros existentes mantienen su validez mientras se completa la transición.
2 · El MEM sigue operando con las reglas vigentes
El Mercado Eléctrico Mayorista continúa funcionando conforme a las Reglas del Mercado y el Código de Red vigentes al momento de la publicación de la nueva legislación, mientras no se emitan nuevas disposiciones. En la práctica, esto significa que la operación del mercado —liquidaciones, Precio Marginal Local, contratos— sigue su curso, con reglamentos secundarios todavía en proceso de emisión.
3 · La prevalencia de CFE convive con la generación privada
El piso de 54% para CFE redefine el reparto del mercado, pero no cierra la puerta a la compra de energía vía Suministrador Calificado ni a la generación para autoconsumo. Lo que cambia es el contexto competitivo y la planeación del sistema, más centralizada que antes.
Tabla: 2025 vs 2026 de un vistazo
| Dimensión | 2025 (aprobación) | 2026 (implementación) |
|---|---|---|
| Marco legal | Se publican las leyes secundarias (18 marzo) | Operación bajo el nuevo marco |
| Regulador | Transición CRE hacia CNE | CNE como regulador en funciones |
| Ley base del sector | Entra la Ley del Sector Eléctrico | Reglamentos secundarios en emisión |
| Usuario Calificado (≥1 MW) | Vigente | Vigente, trámite ante la CNE |
| Mercado Eléctrico Mayorista | Vigente | Opera con reglas previas mientras no haya nuevas |
| Rol de CFE | Prevalencia del 54% establecida | Aplicación de la prevalencia |
Qué significa para tu planta industrial
La conclusión operativa, para una empresa con demanda relevante, es más estable de lo que el ruido político sugiere:
Sigue vigente la oportunidad de migrar. Si tu planta supera 1 MW de demanda, la figura de Usuario Calificado continúa y el ahorro por comprar energía vía Suministrador Calificado se mantiene. La reforma no eliminó esa ruta.
Cambia la ventanilla y conviene anticiparse. Los trámites ahora son ante la CNE. En periodos de transición regulatoria, los tiempos pueden alargarse y los criterios ajustarse. Empezar antes reduce el riesgo de quedar atrapado en una cola de transición.
El cumplimiento técnico sigue igual de exigente. El Código de Red continúa siendo condición para participar en el mercado. La reforma no relajó las obligaciones técnicas de la industria.
La incertidumbre es razón para asesorarse, no para paralizarse. El error más caro en un periodo de transición es congelar decisiones esperando "a que se aclare todo". Mientras tanto, cada mes en una tarifa subóptima es ahorro no capturado. La incertidumbre se gestiona con análisis de escenarios, no con parálisis. Es justamente cuándo conviene una consultoría energética.
Lo que todavía está pendiente (y hay que vigilar)
Honestidad ante todo: varios reglamentos secundarios de la Ley del Sector Eléctrico siguen en proceso de emisión en 2026. Los puntos a vigilar:
- Las disposiciones operativas específicas que la CNE emita para el MEM.
- Las reglas finales de los contratos de cobertura eléctrica y las subastas de mediano y largo plazo.
- Los criterios de la CNE para nuevos registros de Usuario Calificado y permisos.
- Cómo se aplica en la práctica la prevalencia del 54% de CFE sobre el despacho.
Estos puntos no cambian la conveniencia de fondo de migrar para perfiles sanos, pero sí los tiempos y los detalles contractuales. Por eso conviene tomar decisiones con información actualizada al momento, no con supuestos de hace un año.
Cómo Enerlogix lo aborda
En Enerlogix monitoreamos la implementación regulatoria y la traducimos a decisiones concretas para tu planta. Dentro del Plan 360 Management modelamos escenarios bajo el marco vigente, gestionamos los trámites ante la CNE y construimos el caso de negocio con supuestos actualizados, no con la foto del año pasado.
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Información regulatoria con fecha de publicación. La normativa energética está en implementación; verifica el estatus vigente antes de tomar decisiones. Fuentes oficiales: Diario Oficial de la Federación y la Comisión Nacional de Energía.
Preguntas frecuentes
Sí. Las leyes secundarias publicadas en marzo de 2025 mantienen la figura de Usuario Calificado para empresas con demanda igual o mayor a 1 MW. Lo que cambió es que el registro y los trámites ahora corresponden a la Comisión Nacional de Energía, que sustituyó a la Comisión Reguladora de Energía. La oportunidad de migrar al Mercado Eléctrico Mayorista y comprar energía vía Suministrador Calificado se mantiene.
En 2025 se aprobó y publicó el nuevo marco: la Ley del Sector Eléctrico que sustituye a la Ley de la Industria Eléctrica, la creación de la Comisión Nacional de Energía como regulador, y la prevalencia de CFE con al menos 54% de la energía inyectada a la red. En 2026 ese marco entra en operación: la CNE funciona como regulador, los trámites migran a esa ventanilla y siguen emitiéndose los reglamentos secundarios. El cambio principal es de aprobación a implementación.
Sí. La Comisión Nacional de Energía asumió las funciones de regulación del sector y reemplazó a la Comisión Reguladora de Energía. Para la industria, esto significa que los registros de Usuario Calificado y los permisos de suministro calificado ahora se tramitan ante la CNE. Los permisos y registros previos mantienen su validez mientras se completa la transición institucional.
Para plantas con demanda superior a 1 MW y factor de carga sano, sí. La reforma no eliminó el Mercado Eléctrico Mayorista ni la figura de Usuario Calificado, y el ahorro por comprar energía vía Suministrador Calificado se mantiene. El mercado opera con las reglas vigentes mientras no se emitan nuevas disposiciones. Conviene anticiparse, porque en periodos de transición los tiempos de trámite pueden alargarse.
Los principales son las disposiciones operativas que la CNE emita para el Mercado Eléctrico Mayorista, las reglas finales de los contratos de cobertura y las subastas de mediano y largo plazo, los criterios para nuevos registros de Usuario Calificado, y cómo se aplica en la práctica la prevalencia del 54% de CFE sobre el despacho. No cambian la conveniencia de fondo de migrar para perfiles sanos, pero sí los tiempos y los detalles contractuales, por lo que conviene decidir con información actualizada al momento.




